Esmad debe suspender uso de ‘Venom’ en Popayán

Screenshot vía @liah_Queen1
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El Juzgado Décimo Administrativo Mixto y de la Oralidad de Popayán suspendió el uso del Sistema Lanzador de Munición No Letal ‘Venom’.

Exige que se elabore un protocolo y se capacite a los miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios en el uso del lanzador de gases y aturdidoras ‘Venom’, hasta que se construya un protocolo “en el que se plasme la forma correcta de manipularlo; es decir, en plataformas tales como vehículos terrestres o plataformas no tripuladas y no desde el suelo, así esté soportado sobre un trípode, a fin de evitar que sea disparado de forma directa sobre la humanidad de los marchantes”.

La sentencia establece que este protocolo debe elaborarse de acuerdo al Derecho Internacional Humanitario y a la normatividad nacional sobre el uso de armas no letales, y el proyectil debe utilizarse como último recurso según lo establecido en el artículo 20 del Decreto 003 de 2021.

La institución debe acreditar a sus miembros «como personas idóneas para la manipulación, uso y accionar del arma no letal en momentos que se requiera dispersar gran cantidad de personas en aras de restablecer el orden público”.

El alcalde de Popayán, Juan Carlos López, está obligado a supervisar y garantizar que este proyectil no se siga usando. Mientras que la Personería Municipal, la Procuraduría Regional del Cauca y la Defensoría del Pueblo Regional del Cauca deberán verificar que esta suspensión se cumpla a cabalidad.

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