Control a la movilización de productos agropecuarios en Boyacá

Foto | ICA
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Profesionales del ICA realizaron inspección y control agropecuario en el puesto ubicado en el peaje de Tuta, con el fin de disminuir el riesgo de difusión de enfermedades que afectan la producción animal y vegetal en las diferentes regiones del país.

Inspeccionaron y supervisaron 9 vehículos que transportaban durazno procedente de los departamentos de Norte de Santander y Boyacá, con un total de 63.1 toneladas; de los cuales, 2 vehículos no contaban con la respectiva Licencia Fitosanitaria de Movilización de Material Vegetal – LFMMV.

La LFMMV es un documento oficial expedido por el ICA, mediante el cual se autoriza la movilización interna de material vegetal dentro del territorio nacional, cuando las razones de índole fitosanitario así lo exijan.

Con respecto a la parte pecuaria se realizó la inspección a un total de 18 vehículos que transportaban semovientes, de los cuales 3 no contaban con la respectiva Guía Sanitaria de Movilización Interna de Animales – GSMI.

La GSMI es el único documento legal para realizar la movilización de animales en el territorio nacional de las siguientes especies: Bovinos, Bufalinos, Equinos, Asnales, Mulares, Porcinos, Ovinos, Caprinos, Aves de Corral, Llamas, Alpacas y Avestruces.

Todos los vehículos que transporten productos agropecuarios, deben parar en los puestos de control para la inspección. Durante las verificaciones en movilización de animales, se tiene en cuenta la documentación, examinando la autenticidad de la guía, la veracidad de los datos aportados y la ausencia de enfermedades.

En la actividad participaron 8 profesionales del ICA, adscritos a las direcciones técnicas de Epidemiología y Vigilancia Fitosanitaria y de la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del departamento de Boyacá. De igual forma, se contó con el acompañamiento de la Policía Nacional, la cual realizó el apoyo al momento que los funcionarios ICA hacían la solicitud de “pare”.

El ICA continúa con la sensibilización de los comerciantes y transportadores sobre la movilización de los productos agropecuarios con la respectiva LFMMV y GSMI.

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