El nuevo alumbrado público para los municipios del país

Foto | Vía pv-magazine-latam.com
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Por | Jorge Venencia Villate*

Conocedor de la situación actual del Servicio Público No Domiciliario del Alumbrado Público de los municipios del país y de la Ley 1819 del 2016 en su artículo 351 y el decreto 943 del 2018, la CREG expidió la resolución 101013 del 29 de abril del 2022 que estableció la metodología para determinar los costos máximos por la prestación del servicio del Alumbrado Público.

Ahora es deber de todos los Municipios del país efectuar el estudio técnico del Alumbrado Público el cual debe incluir como mínimo:

A. Estado actual de la prestación del servicio en materia de infraestructura, cobertura calidad eficiencia energética este incluirá el inventario de luminarias y demás activos de uso exclusivo del alumbrado Público y los indicadores que miden los niveles de calidad, cobertura y eficiencia energética del servicio de alumbrado público.
B. Definición de las expansiones del servicio armonizadas con el Plan de Ordenamiento Territorial y con los planes de expansión de otros servicios Públicos cumpliendo con el RETIE y el RETILAP al igual que todas aquellas disposiciones técnicas que expida sobre la materia el Ministerio de Minas y Energía
C. Costos desagregados de Prestación para las diferentes actividades del servicio del alumbrado Público incluyendo el pago de uso de activos a terceros para este servicio conforme a la metodología para la determinación de los costos por la prestación del servicio ( Resolución 101013 del 2022)
D. Estudio de Compra de energía, los contratos para el suministro de energía con destino al Alumbrado Público se regirán por la ley 142 y 143 de 1994 bajo la libre competencia.
E. Nuevo acuerdo de tarifas en concordancia al resultado que arroje la modernización del sistema del Alumbrado Público
F. Revisión del Modelo actual, ajuste o terminación.

Así las cosas, las administraciones Municipales tendrán las herramientas técnicas jurídicas y financieras para ajustar y/o terminar el actual modelo de contrato de concesión del servicio público no domiciliario del Alumbrado Público y construir un modelo público inteligente con energías limpias y nuevas tecnologías al servicio de la ciudadanía.

*Consultor, especializado en derecho minero energético.

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