Ordenan a la Alcaldía construir andenes entre el viaducto y la Casa del Gobernador

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El Tribunal Contencioso Administrativo de Boyacá confirmó decisión del Juzgado Cuarto Administrativo de Tunja que estableció un plazo para la elaboración de estudios y diseños y para la construcción de andenes que permitan una movilización segura de los peatones en los dos sentidos entre el viaducto Juan Nepomuceno Niño y la Casa del Gobernador.

En un plazo de máximo dos años los peatones podrán transitar seguros entre el viaducto Juan Nepomuceno Niño y el sector de la Glorieta de la Casa del Gobernador, en el norte de Tunja.

Así lo estableció el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Tunja en decisión que acaba de confirmar el tribunal Administrativo de Boyacá.

El Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Tunja profirió sentencia declarando la vulneración y amenaza de los derechos colectivos a una infraestructura vial en condiciones de seguridad, la utilización y defensa de los bienes de uso público, así como a la seguridad y prevención de desastres previsibles a los peatones que transitan en los dos sentidos de la vía que del viaducto Juan Nepomuceno Niño conduce a la glorieta del Gobernador en la ciudad de Tunja.

En consecuencia, y para la protección de los mismos, dispuso que el municipio de Tunja deberá realizar las siguientes acciones tendientes a superar la vulneración de los mencionados derechos e intereses colectivos de los peatones que transitan en los dos sentidos de la vía que del viaducto Juan Nepomuceno Niño conduce a la glorieta del Gobernador en la ciudad de Tunja:

En el término de 6 meses contados a partir de la ejecutoria de la decisión, deberá apropiar los recursos necesarios y adelantar los trámites de contratación de los siguientes estudios, conforme a lo señalado en el dictamen pericial elaborado por la UPTC:

Estudio topográfico, estudio de suelos, estudio de hidráulica y drenaje vial, diseño geométrico de los andenes, estudio de afectación predial, estudio de presupuestos y costos, estudio de aforos vehiculares y peatonales simultaneo con una duración de 16 horas durante un día típico, uno de alta demanda y uno de baja demanda; estudio de velocidad de punto en cada sentido, inventario vial y de señalización y diseño del pavimento para la sección de acera y ciclo ruta.

Cumplido lo anterior, dentro del término de 6 meses deberá realizar la contratación y elaboración de los referidos estudios. Posteriormente, en el término de 1 año deberá adelantar los trámites administrativos, presupuestales y contractuales necesarios a fin de materializar las conclusiones y/o recomendaciones de los estudios ya señalados. Realizado lo precedente, sin superar el término de 2 años contados a partir de la ejecutoria de la decisión, deberá culminar las acciones derivadas de las conclusiones y/o recomendaciones de los estudios a fin de construir los andenes requeridos en los dos sentidos de la vía que del viaducto Juan Nepomuceno Niño conduce a la glorieta del Gobernador en la ciudad de Tunja.

En esta instancia, el Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la decisión anterior teniendo en cuenta que el material probatorio recaudado y practicado en primera instancia, era concluyente en señalar que la ausencia de andenes en los dos sentidos de la vía que conecta al viaducto con la glorieta del gobernador y viceversa, representa un grave riesgo para los transeúntes, atendiendo además que se trata de una vía de media a alta velocidad, viéndose así vulnerados por parte del municipio de Tunja, los derechos colectivos ya referidos.
En virtud de lo anterior, para esta corporación judicial, era imperioso que el municipio de Tunja procediera a la realización de las obras de mitigación del riesgo, previos los estudios correspondientes.

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