Un respiro para el medio ambiente

Archivo EL DIARIO
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La Corte Constitucional dejó en firme fallo que permite a los municipios prohibir la minería.

Teniendo en cuenta que la minería irresponsable representa un gran peligro para los complejos medio ambientales, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que antes de dar comienzo a un proyecto de minería en una región, los alcaldes municipales podrán decidir sobre el avance del mismo.

De igual manera, la Corte ratificó la sentencia T-455de 2016, la cual obliga a las empresas que centran su actividad en la minería, tener en cuenta la opinión de los entes locales y territoriales, antes de comenzar su proyecto minero. Además, la sentencia señala que los entes ya mencionados pueden cancelar las actividades mineras su consideran que las mismas representan un peligro para la comunidad o el medio ambiente.

A su vez, se especifica dentro del comunicado emitido por la Corte Constitucional, se hizo un llamado a los entes territoriales para garanticen la protección de los recursos naturales “los entes territoriales poseen la competencia para regular el uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente».

Por último, la Corte también le recordó al Gobierno Nacional que debe realizar un proceso de investigación sobre el impacto que ha tenido la actividad minera en los ecosistemas del territorio colombiano.

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