Un pequeño alivio para productores agropecuarios

Foto | Hisrael Garzonroa / EL DIARIO
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El Presidente de la república sancionó la ley que beneficia a los productores agropecuarios que solicitaron préstamos a través del Programa de Reactivación Agropecuaria y del Fondo de Solidaridad Agropecuaria.

Cerca de medio año esperaron varios productores agropecuarios a que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, estampara su firma sobre la Ley 1847, la cual establece un alivio financiero para aquellos productores que asumieron deudas con el Programa de Reactivación Agropecuaria Nacional (Pran) y mediante el Fondo de Solidaridad Agropecuaria (Fonsa).

Esta ley establece que los deudores de estos programas, que al 31 de diciembre de 2016, tuvieran un saldo inferior a 50 millones de pesos, pueden extinguir sus obligaciones hasta el 30 de junio de 2019.

La ley también decreta que aquellos deudores que hayan realizado abonos de capital hasta 31 de diciembre de 2016 podrán terminar sus obligaciones al aportar la diferencia entre el monto inicial de la deuda y los montos consignados. Se aclara mediante esta ley que en caso de que los abonos depositados a 31 de diciembre de 2016 superen el monto inicial de la deuda, se dará por entendido que la deuda ha quedado saldada en su totalidad, sin que haya la posibilidad de solicitar reembolso de lo pagado por encima de ese valor.

Los programas Pran y Fonsa tendrán que asumir todos los costos judiciales, honorarios y valores por concepto de seguro, causados hasta 31 de diciembre de 2016.

También se aclara que Finagro, o la entidad que obre como administrador o creador de las obligaciones de los programas Pran y Fonsa, tendrá que  abstenerse de iniciar cobro judicial a partir de la entrada en vigencia de la ley 1847 y hasta 30 de junio de 2019.

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