Senador Jorge Londoño presenta demanda de nulidad contra medidas adoptadas por el Alcalde de Sogamoso para el día de elecciones

Foto | Hisrael Garzonroa
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El Congresista considera que las medidas adoptadas en la ‘Ciudad del Sol’ son exageradas y son una amenaza para los derechos de los ciudadanos. Londoño solicita al juez evitar de manera urgente que un acto inconstitucional e ilegal lesione la eficacia y el ejercicio derechos fundamentales.

El senador Jorge Eduardo Londoño acaba de solicitar ante un Juzgado Administrativo de Sogamoso una medida cautelar de urgencia en contra del acto administrativo proferido por el alcalde de esa ciudad, Rigoberto Alfonso Pérez, por medio del cual ordena medidas como el toque de queda, ley seca y otras restricciones de movilidad y a los derechos fundamentales de los ciudadanos, desde las 6:00 p.m. del domingo 19 de junio hasta las 6:00 a.m. del lunes 20 de junio.

La demanda de Londoño, que de 4 documentos anexos y 55 folios, se refiere concretamente al literal L del capítulo primero del artículo primero del decreto municipal número 277 del 2022, adicionado por el Decreto municipal número 285 de 2022 de la Alcaldía de Sogamoso.

Ese capítulo se refiere a la restricción de la movilidad de personas y vehículos en toda la jurisdicción del municipio de Sogamoso y, en consecuencia, la prohibición de circulación de todas las personas y vehículos por vías y lugares públicos desde las 6 de la tarde del domingo 19 de junio hasta las 6 de la mañana del lunes 20 de junio de 2022.

Señala Londoño que de no suspender antes del 19 de junio los efectos del literal L del decreto 277 del 2022, se generaría una grave afectación al interés público.

“La vigencia del acto amenaza de manera notoria los derechos fundamentales de la ciudadanía; especialmente el de la libre circulación”, indica Londoño y agrega que por esa razón solicita con urgencia al Señor Juez o a la Señora Jueza evitar que un acto manifiestamente inconstitucional e ilegal lesione la eficacia y el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas de Sogamoso en el marco de la celebración de las elecciones de segunda vuelta a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República.

Adicionalmente –dice Londoño, adquiere aún mayor gravedad y afectación al interés público que las excepciones previstas en la disposición demandada no incluyan a personas que cumplen roles y funciones relacionadas con el proceso electoral, como son los testigos, jurados y claveros. Tampoco están excluidos en las excepciones los medios de comunicación, periodistas y otras personas que ejercen control social e institucional, como las veedurías y los funcionarios de los órganos de control.

Indica Londoño que no permitir la movilidad de los periodistas afecta y vulnera el derecho de los ciudadanos a la información.

Pues a propósito de una llamada desde el Ministerio del Interior, la Alcaldía de Tunja anunció que modificará un decreto proferido en el cual se adoptaban medidas como las de Sogamoso, para excluir de ese acto administrativo el toque de queda.

Ahora, lo que tendrán que hacer las autoridades es estar preparadas y actuar para garantizar la tranquilidad ciudadana en el caso de que el día de elecciones se produzcan alteraciones de orden público.

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