Parque Biblioteca de Tunja: no se sabe qué fue peor, si lo que contrató Montejo o lo que aceptó Flórez

Pedro Pablo Salas Hernández, autor de la Acción Popular; Arturo Montejo, exalcalde de la ciudad (2008-2011) Fernando Florez, Exalcalde (2012-2015).
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Consorcio Educativo Tunja debe devolver al Municipio de Tunja, la suma de mil novecientos  ochenta y ocho millones treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta pesos por no haber construido la Biblioteca en el Parque Biblioteca de la ciudad, tal como lo estipulaba el contrato 424 de 2010. ¿Y por los demás desafueros quién responde?

Casi 11 años después, la justicia contenciosa decide cuantificar y ordenar a los contratistas el reembolso de casi 2 mil millones de pesos al tesoro de la ciudad, luego de comprobar que el objeto contractual de la construcción del parque y las instalaciones de la biblioteca, del llamado Parque Biblioteca o megabiblioteca, propuesta por la administración del alcalde Arturo Montejo (2008-2011) no se cumplió, siendo entregado solo el parque, no puesto ni un ladrillo de la biblioteca, pero sí entregados más de 3.700 millones de pesos al contratistas que se había comprometido a ejecutar las dos obras por ese valor.

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Sin embargo, en esta historia, no se sabe qué fue peor, si la contratación hecha por Montejo en 2010, donde se comprobó que no había estudios ni diseños para ejecutar la obra, o lo que en 2015 aceptó el entonces alcalde Fernando Flórez, quien decide recibir la obra a satisfacción y proceder a la liquidación del contrato, cuando más de la mitad de los trabajos, que eran los de la construcción de la biblioteca, jamás se hicieron.

Gracias la Acción Popular presentada por el exconcejal y dirigente social Pedro Pablo Salas Hernández, la justicia administrativa, a través del Juzgado Noveno Oral Administrativo, en fallo de primera instancia, del dos de febrero de dos mil veintiuno, resuelve el incidente de liquidación de condena en abstracto,  presentado por el actor popular y ordena al  Consorcio Educativo Tunja que debe devolver al Municipio de Tunja, la suma de mil novecientos  ochenta y ocho millones treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta pesos. Lo que acaba de determinar el Juzgado es dar plena validez a lo ya decidido antes por este mismo despacho en 2015 y adicionado en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Boyacá que encontró que el Contrato no se podía modificar como lo hicieron la Administración y el Consorcio en 2015 y que por tanto también vulneraba los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la  defensa del patrimonio público.

El contrato inicial, su adición y prórrogas 

El contrato inicial para la construcción de la obra, distinguido con el número 424 de noviembre de 2010, en su cláusula segunda estipuló el valor en los siguientes  términos: “El valor del presente Contrato para todos los efectos legales y fiscales se  estima en la suma de tres mil quinientos millones de pesos m/cte. ($3.500.000.000), incluidos todos los impuestos y contribuciones de ley y demás  emolumentos a que haya lugar”. Y se precisa en el artículo 2°, clausula 1°, t del mismo, que los precios unitarios de la obra fueron especificados en  dos ítem, i) construcción parque biblioteca metropolitana: $  1.440.000.000 y ii) construcción biblioteca metropolitana: $  2.060.000.000 para un total de $ 3.500.000.000.

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Luego, mediante la  adición No. 1 y la prórroga No. 005 del 9 de septiembre de 2015, el Municipio de Tunja, en su calidad de contratante, entregó al  contratista, Consorcio Educativo Tunja, -compuesto por las sociedades Oca  SAS, MPL & compañía Ltda, Ingecol SAS, Carlos Arturo Amaya  Quintero Y Sonia Cristancho Medina-, no solo el valor total inicial del contrato  ($3.500.000.000), sino además, las sumas en que se adicionó dicho contrato; esto es, $223.329.807, para un pago total de tres mil setecientos veintitrés  millones trescientos veintinueve mil ochocientos ocho pesos  (3.723.329.808); recursos que fueron ejecutados en su totalidad como se aprecia en las  actas de liquidación y de terminación del contrato.

Como se ve la adición de recursos ($223.329.807,99) iba dirigida a la construcción del  parque, de tal forma que para el proyecto se destinó un total de $3.723.329.808,00, de los  cuales i) $1.663.329.808 debían invertirse específicamente a la construcción del parque y  ii) $2.060.000.000,00 a la construcción de la Biblioteca como tal. El Juzgado Noveno, mediante sentencia del 27 de julio de 2015, frente a la construcción  del Parque Biblioteca Metropolitana de la ciudad de Tunja, declaró la vulneración del  derecho colectivo a la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos  respetando las disposiciones jurídicas de manera ordenada y dando prevalencia al  beneficio de la calidad de vida de los habitantes, por parte del Municipio de Tunja y el  Consorcio Educativo Tunja, sentencia que fue adicionada en segunda instancia por el Tribunal  Administrativo de Boyacá, mediante providencia del 26 de octubre de 2017, declarando  también la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la  defensa del patrimonio público.

Además, la Procuraduría, la Contraloría de Tunja y la Defensoría del Pueblo, en sus correspondientes actuaciones han estado de acuerdo con las decisiones del Juzgado Administrativo y, obvio, con las del Tribunal Administrativo, instancias que intervinieron en el asunto gracias a la Acción Popular la cual fue instaurada desde 2011. Es decir, el contrato 424 de 2010 debía ser ejecutado tal como se pactó: la construcción del Parque y la Biblioteca usando proporcionalmente los recursos asignados.

Lo que sigue

El primer gran interrogante es, ¿el consorcio devolverá la plata? Se supondría que no tiene otro camino, el asunto es si cuenta con los recursos necesarios. El argumento de la Administración Municipal  y de los constructores es que tal como alegaron ante el Juzgado y ante el Tribunal, todo quedó claro cuando se precisó que los mil 816 millones 400 pesos, conforme a acta modificatoria del contrato de fecha  17 de abril de 2015, fueron destinados para terminar el parque, y que tanto es así que en el acta  de recibo final de interventoría se estableció claramente que la totalidad de los dineros  cancelados al contratista correspondían a las obras ejecutadas y que por eso adjuntaron las pruebas y testimonios correspondientes, incluido un concepto de la Sociedad de Ingenieros y Arquitectos de Boyacá.

Todos estos argumentos han sido desestimados tanto por el Juzgado Noveno, como Por el Tribunal Administrativo en sus pronunciamientos de 2015 y 2017 respectivamente, bajo el argumento de que bajo ninguna circunstancia las partes podían cambiar el objeto del contrato original, dado el trámite de la Acción Popular que fue interpuesta por Salas Hernández desde 2011, lo que a su vez ya había producido decisiones por parte del Juzgado, incluidas medidas cautelares sobre la ejecución del contrato hasta tanto se clarificaran las pretensiones de la demanda. Tan firmes han sido las decisiones del Juzgado y del Tribunal, que los contratistas, en su momento presentaron Acción de Tutela ante el Consejo de Estado en contra de las decisiones de aquellos, no obstante esta acción constitucional fue  denegada en las dos instancias; primero, por la Subsección A de la Sección Segunda, mediante sentencia del 8 de marzo de 2018,  y por la Sección Cuarta, que mediante sentencia del 14 de junio de  2018, lo que equivale a pensar que a los contratistas no les queda otro camino que devolver la plata.

Ahora bien, independientemente de que el Consorcio devuelva o no los recursos, el asunto va más al fondo: ¿qué va a pasar con los funcionarios que actuaron de la forma descrita, desde 2010 hasta diciembre de 2015?; es decir, el exalcalde Arturo Montejo y los funcionarios afines con el proceso, lo mismo que con Fernando Flórez y los suyos. Si el Consorcio no devuelve la plata, ¿entonces habrá acción de repetición contra alguien? Y sobre las actuaciones a lo largo de esta historia, ¿habrá consecuencias disciplinarias y penales?

Ahora bien, esta historia que en realidad tiene que ver con lo que ha sido la dinámica de los planes de endeudamiento en los que se ha embarcado a la ciudad, debería ser el espejo en el cual se mire la actual administración que acaba de obtener las facultades para adquirir un empréstito por más de 90 mil millones de pesos, para que la imprevisión y la falta de estudios serios no conduzcan a situaciones como las ya vividas con el empréstito de Arturo Montejo que en su momento se acercó a los 40 mil millones de pesos y que dejó tan regulares resultados para varios de los proyectos propuestos y resultados tan deplorables como que se acaba de narrar.

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