Nuevas medidas para Tunja

Foto: Hisrael Garzonroa
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El alcalde de Tunja, Alejandro Fúneme, ha decretado nuevas medidas de aislamiento selectivo para afrontar la tercera ola de contagios. 

“Para hablar de la realidad de la pandemia, quiero contarles los casos diarios según la fecha de diagnóstico; en el pico anterior habíamos tenido casos por encima de los 300 día, incluso más de 1.000 casos semanales. Esta no es la realidad de este momento, a la fecha tenemos 14.693 casos diagnosticados en la ciudad de Tunja, sin embargo, es importante que la comunidad entienda la importancia y la urgencia de tomar medidas para proteger la vida de las personas”, afirmó Fúneme. 

Así mismo, el mandatario explicó que desde el 25 de marzo se empezó a ver un crecimiento constante en contagios de COVID-19, registrando la ocupación de un 76% de UCI en la capital boyacense. Es por esto que se toman las debidas precauciones para poder disminuir estos porcentajes.  

Por otro lado, Tunja pasó de 7 camas ocupadas en UCI por COVID-19 el 26 de marzo a 17 camas el 11 de abril. También aumentó en forma considerable los casos de hospitalización general por COVID-19 y se observa que sólo el 50% de camas son ocupadas por residentes del municipio. 

Las nuevas medidas decretadas desde el 23 de abril hasta el 3 de mayo fueron:  

Toque de queda desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. 

Se exceptúan de esta medida únicamente las siguientes actividades:    

1. Los servicios de asistencia y prestación de servicios de salud, personal de salud y en formación en las diferentes áreas de la salud, las labores de misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud y de todos los organismos internacionales humanitarios, la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados.    
2. Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado.   
3. Los servicios de urgencias y/o emergencias médicas, odontológicas veterinarias y la atención de droguerías 24 horas.   
4. El funcionamiento de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, Fuerzas militares, Policía Nacional, INPEC y organismos de socorro.    
5. El funcionamiento de los servicios de prensa, distribución de los medios de comunicación y postales de mensajería.    
6. Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de: (i) servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, reciclaje, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios); internet y recuperación de materiales de la cadena logística de insumos, suministros para la producción, el abastecimiento, importación, exportación y suministro de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles, gas natural, gas licuado de petróleo -GLP-, (iii) de la cadena logística de insumos y suministros para la producción de productos de primera necesidad, y el servicio de internet y telefonía.    
7. Atención en Comisarías de familia de Turno.    
8. Servicios puerta a puerta de domicilios.   
9. Trabajadores y conductores de transporte público, del terminal de transportes, y de los servicios asociados a la cadena de transporte público debidamente certificados por las empresas prestadoras habilitadas; así mismo, los pasajeros con viajes Intermunicipales ya programados portando los debidos soportes.    
10. El descargue de productos alimenticios en las plazas de mercado de la ciudad en los días autorizados para tal fin, el cual iniciará desde las 00:00 horas.   

Pico y cédula: En los días pares podrán salir las cédulas; 0,2,4,6,8 y los días impares: 1,3,5,7 y 9.


Para el ingreso a establecimientos abiertos al público para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros, atención al ciudadano en entidades públicas, centros comerciales, centros empresariales, plazas de mercado, almacenes de grandes superficies, pasajes comerciales, fruvers, gimnasios, centros de acondicionamiento físico, peluquerías, barberías, billares, casinos, placitas campesinas, cadenas y supermercados y/o autoservicios con más de un (1) punto de pago. 


Prohibición de eventos: No se autorizan los matrimonios, grados, comuniones, bautizos, cumpleaños y demás que implique la aglomeración de personas en salones comunales, reuniones sociales, condominios y conjuntos residenciales.   

Las actividades que se desarrollen en Centros Comerciales y Plazas de Mercado deberán respetar el aforo del 30% entendido como capacidad para albergar visitantes, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social y demás entidades de orden nacional.  

Desde el 23 al 26 de abril habrá ley seca desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. ya que el consumo de alcohol está asociado a la disminución de la rigurosidad de los protocolos. 

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