De la polémica por casa del suegro de Amaya esto dice Corpoboyacá

Foto | Vía cambiocolombia.com
Publicidad

La Corporación Autónoma Regional de Boyacá se pronunció por publicación de la Revista Cambio que cuestiona si predios de casa del suegro de Amaya son catalogados como área de preservación.

Debido a la información publicada por la Revista Cambio acerca del Distrito Regional de Manejo Integrado, DRMI, Lago Sochagota y la cuenca que lo alimenta, la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, emitió comunicado con una serie de justificaciones.

Debe leer: Amaya con «la tranquilidad de quien obra bien»

Aquí la información emitida desde la Corporación en respuesta a la publicación del pasado domingo 21 de mayo.

«1. Que el DRMI del Lago Sochagota y la cuenca hidrográfica que lo alimenta fue declarado mediante Acuerdo 024 de 1986 del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (Inderena); aprobado a través de la Resolución 262 de 1986 del Ministerio de Agricultura; y homologado con el Acuerdo 003 del 31 de enero de 2019.

El plan de manejo del que hace parte la zonificación y régimen de usos, fue adoptado por medio del Acuerdo 004 del 31 de enero de 2019, proceso que generó conflictos socio ambientales en donde las comunidades manifestaron que los afectaba directamente.

Desde entonces, Corpoboyacá reconociendo la situación y como una estrategia para disminuir la problemática, cuenta con un procedimiento para la rezonificación, que permite a terceros aportar información biofísica y socioeconómica a mayor detalle.

  1. Desde la vigencia de los acuerdos de homologación y el plan de manejo, la autoridad ambiental ha recibido 49 solicitudes de información sobre temas relacionados con la administración y usos del área protegida; esto por parte de las comunidades, alcaldías y concejos municipales.
  2. La Corporación ha generado espacios de diálogo y construcción colectiva, a través de 15 mesas de trabajo y dos visitas de campo, que han permitido avanzar en la resolución de conflictos con los actores sociales e institucionales.
  3. Con el procedimiento de rezonificación, la Corporación recibió solicitud de modificación de un área de 171.400 m2 correspondientes a 49 folios de matrícula inmobiliaria, localizados en la vereda Canocas del municipio de Paipa. Lo anterior por parte de la señora Sully Merchán, que corresponde al radicado 3570 de 17 de febrero de 2022 y donde la ciudadana entregó la caracterización de los componentes biofísicos y socioeconómicos a escala 1:10.000, que, entre los principales están: geología, hidrogeología, hidrografía, coberturas naturales, uso del suelo, conflictos de uso de suelo, clima y aspectos sociales.

Surtida la revisión técnica y posteriormente una visita de campo, el día 6 de mayo de 2022 por parte de la Corporación, se emitió concepto técnico de viabilidad y el Consejo Directivo de la Corporación aprobó la modificación mediante Acuerdo No. 006 del 26 mayo de 2022.

  1. De acuerdo con el concepto técnico emitido por Corpoboyacá, se estableció que no existen elementos de importancia ecológica ni determinantes ambientales en el área a modificar. Lo que concluye que no cumple con los atributos para catalogarse como área de preservación.
  2. Es importante que la ciudadanía tenga claridad que dicha rezonificación no atenta contra los objetivos de conservación del DRMI Lago Sochagota y la cuenca que lo alimenta ni se concibe como un “volteo de tierras”. Por el contrario, a partir de criterios técnicos, aporta nueva información a la Corporación para la toma de decisiones sobre la planificación ambiental del territorio, y reduce los conflictos socioambientales.
  3. Actualmente se encuentran en trámite tres solicitudes de modificación, con concepto técnico favorable, para ser presentadas ante el Consejo Directivo de Corpoboyacá.
  4. Teniendo en cuenta los conflictos sociales expuestos por la comunidad y las alcaldías de Paipa y Tuta, Corpoboyacá viene trabajando en un proceso de ajuste cartográfico de la zonificación del DRMI Lago Sochagota, con mayor nivel de información suministrada por: Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas (POMCAS), administraciones municipales y Agencia Nacional de Minería, entre otros; esto con el propósito de identificar de manera más precisa las áreas de preservación, restauración, uso sostenible y uso público, que aporten al desarrollo sustentable del territorio».

*Con información Corpoboyacá.

Publicidad

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.