Contratos Plan, selfies y fallas geológicas

Foto | Hisrael Garzonroa
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Por | Luis Alejandro Pulido Porras / Administrador de Empresas

En 2011 el Congreso de la República aprobó la Ley 1454 por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones. Esta Ley trajo, entre otros conceptos, el de Contrato Plan, definido éste como “un instrumento crucial para articular el desarrollo de largo plazo entre la Nación y el territorio, fomentar la concurrencia y alineación de inversiones prioritarias, fortalecer la descentralización, redistribuir la riqueza y enfrentar la inequidad y la pobreza extrema” (DNP, 2019).

Frente a los antecedentes de los Contratos Plan hay que decir que el Departamento de Boyacá y algunos de sus municipios suscribieron un Contrato Plan con el Departamento Nacional de Planeación en 2012, con el propósito de incrementar la competitividad de los territorios. Este convenio fue liquidado de forma anticipada y como recuerdo de la experiencia quedaron obras como el Nuevo Terminal de la Ciudad de Tunja y la Remodelación del Teatro Suarez, entre otros, según información disponible en los repositorios de Planeación Nacional.

Curiosamente, desde el 2011, año de expedición de la citada ley, también se ha venido recrudeciendo el efecto del deslave de tierra entre los municipios de Boyacá-Boyacá y Jenesano. Desde entonces se ha vuelto costumbre ver las postales de mayo y noviembre con mandatarios locales y maquinaria municipal y departamental, sin que se vislumbren soluciones de fondo. Les aseguro, este es sólo el botón de una muestra mucho más amplia de casos similares y también de otros escenarios en los cuales no es posible atender los desafíos que exige el desarrollo regional desde una perspectiva fraccionada, y en ocasiones cortoplacista, de las entidades territoriales.

Ahora, en pleno contexto de vientos de cambio, y en la previa de cara a las elecciones del 2023, sería bueno pensar en cómo dar respuesta a las necesidades de los territorios, teniendo en cuenta que nada se logra de la noche a la mañana y mucho menos de forma desarticulada. Mientras tanto, y mientras más de uno sigue en el plan de sacar sus mejores galas para la selfie, bien valdría la pena evaluar si este tipo de herramientas como los Contratos Plan pueden ser utilizadas para atender las apremiantes necesidades de los territorios en materia de gestión de riesgo de desastres, o si por el contrario y al igual que la Ley 80 en el adagio popular, eso por aquí no pegó.

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