Aspu, Uptc, exige a directivas realizar eventos electorales para representaciones estamentarias

Foto: Vía @universidaduptc
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Considerando que desde finales del 2019 se encuentran vacantes muchas representaciones estamentarias ante comités de  currículo, Consejos de Facultad y Consejo Superior, situación agravada por la emergencia sanitaria provocada por la  pandemia del COVID – 19, en comunicado a los profesores y a la comunidad universitaria en general, la Junta Directiva de la Asociación Sindical de Profesores (ASPU), seccional UPTC, reunida recientemente, exige a las directivas de la Universidad adelantar estos procesos lo antes posible.

Considera el sindicato que en estas condiciones la democracia universitaria, está en cuidados intensivos y se pregunta ¿hasta cuándo? 

Después de analizar la situación derivada de la ausencia de representaciones estamentarias ante las  distintas corporaciones, “hecho que vulnera nuestra participación en las decisiones que nos conciernen y quebranta la  democracia universitaria”, la organización sindical plantea:

1. Que es obligatorio que en los órganos de dirección de las universidades estatales u oficiales esté representada la  comunidad académica, tal como lo establece el artículo 64 de la Ley 30 de 1992. 

2. Que la democracia participativa como principio fundante de la UPTC, está consagrada en el artículo 22 del Estatuto  General, “en cuanto promueve y convoca la participación de la comunidad universitaria en la orientación y toma de  decisiones, en las instancias previstas en los tratados internacionales, en la Constitución Política, en la Ley, en el  presente Estatuto y en sus Reglamentos.” 

3. Que desde finales del 2019 se encuentran vacantes muchas representaciones estamentarias ante comités de  currículo, Consejos de Facultad y Consejo Superior, situación agravada por la emergencia sanitaria provocada por la  pandemia del COVID – 19. Hoy, esas instancias participativas, no tienen representaciones profesorales, y la dirección  de la universidad no ha realizado las acciones oportunas y pertinentes, para resolver esta situación, a pesar de contar  con los instrumentos legales para hacerlo. 

4. Que el pasado 29 de julio se expidió el Acuerdo 035 de 2020, mediante el cual se aprobó y reglamentó los sistemas  de votación por papeleta y electrónico. Sin embargo, de manera inexplicable y cuestionable, a cuatro meses de  expedido dicho Acuerdo no se ha adelantado ningún proceso electoral y, seguramente, no habrá proceso alguno en lo que resta de 2020.  

5. Que con el fin de agilizar los procesos electorales y darles soporte legal, el 30 de septiembre el Consejo Superior  aprobó el Acuerdo 042 de 2020 modificando transitoriamente el artículo 41 del Acuerdo 066 de 2005, para que, en  un tiempo máximo de 30 días, se convocaran todos “los procesos de elección por voto directo de las diferentes  representaciones estamentarias, ante las corporaciones de la universidad, que fueron suspendidos, los que se han  vencido y los que estén por vencerse”. No obstante, a pesar de disponer de los instrumentos legales y perentorios  para desarrollar los procesos electorales, han transcurrido los días y los meses y no se convocó ni una sola elección. 

6. Que, adicionalmente, el 26 de agosto último se contrató, por más de $50 millones, una «Auditoría al Sistema de  Voto Electrónico de la Universidad, con destino a Secretaría General”, para certificar el estado del sistema de votación  electrónica desarrollado por la Dirección de las TIC, para, de ser afirmativa, realizar las elecciones. Sin embargo, esta  contratación se realizó un mes después de expedido el Acuerdo 035 de 2020, lo que contraría la urgencia que  demandaba la realización de los procesos electorales. 

7. Que mientras la Dirección de las TICS manifiesta que el sistema está a punto, el Comité Electoral justifica la dilación  de las convocatorias esgrimiendo el pretexto que, después de tres meses, no posee la certificación de la firma  auditora RSM Risk Advisory Services SAS. Surgen preguntas del siguiente tenor: ¿Si el Acuerdo 042 de 2020, que  anticipaba la utilización del voto electrónico, se aprobó en primera vuelta el 26 de agosto y, simultáneamente, se  firmó el contrato de auditoría externa, porque la firma contratada no inició su ejecución inmediatamente? ¿Por qué la administración universitaria, conociendo la urgencia de la auditoría, le concedió a la firma auditora seis meses para ejecutar el contrato a partir de la firma del acta de inicio? ¿Por qué no se ha informado a la comunidad  universitaria sobre el avance del proceso de auditoría al sistema de voto electrónico? ¿Cuál es la explicación de la  Secretaria General, quien funge como presidenta del Comité Electoral, sobre esta situación? 

Declara el sindicato

1Rechazar la dilación en la convocatoria a procesos electorales por parte de la administración universitaria,  socavando la participación de los estamentos universitarios en los asuntos y decisiones que los afectan y restringiendo la democracia universitaria, principio fundamental de la naturaleza jurídica, social y política de la UPTC. 

2Responsabilizar al Comité Electoral, en cabeza de la Secretaria General de la Universidad, por el aplazamiento  indefinido e injustificado en la realización de los procesos electorales, a pesar del pedido de urgencia que se ha  trasmitido a través del representante profesoral ante dicho comité. 

3Exigir una explicación pública sobre la inoperancia de la firma auditora para certificar el sistema de información de  votación electrónica desarrollado por la Dirección de las TIC, el cual, tres meses después de firmado el contrato, no ha  cumplido con la auditoría contratada prolongando indefinidamente la acefalía en las representaciones estamentarias  ante las diferentes corporaciones universitarias. 

4Solicitar al Consejo Superior la modificación del Capítulo I del Título IV del Estatuto General, en el sentido de  cambiar el estatus del Comité Electoral, para que se constituya en un órgano autónomo e independiente de las  instancias de dirección universitaria, encargado de la organización de los procesos electorales en la UPTC. 

Finalmente, EXIGIMOS a la dirección de la UPTC garantizar la participación democrática en las decisiones de las  distintas corporaciones universitarias. Para tal fin, urge un compromiso institucional para poner en marcha todos los  procesos electorales -suspendidos, vencidos o por vencerse-, para así asegurar el restablecimiento pleno de la  democracia universitaria, como inalienable derecho de los estamentos universitarios y obligación legal de la dirección  de la universidad. 

Firma la Junta Directiva Asociación Sindical de Profesores Universitarios (ASPU), seccional UPTC.

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