ASPU llama a los profesores ocasionales de la UPTC a cerrar filas para defender sus derechos

Foto: Hisrael Garzonroa
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¡No a la derogatoria del parágrafo 1 del acuerdo 065 de 2017! ¡Sí a la prórroga de la vinculación de los profesores por necesidades del servicio!

La asociación sindical de profesores universitarios, Aspu, seccional Uptc en declaración pública, a través de su la Junta directiva, reunida de manera virtual el día 14 de agosto de 2020, y después de analizar detenidamente el proyecto de Acuerdo “Por el cual se deroga el parágrafo 1 del artículo 23 del Acuerdo 065 de 2017 y se dictan otras disposiciones”, declara:

1.  QUE el Acuerdo 065 de 2017 es el resultado del esfuerzo colectivo de los profesores ocasionales, liderado por ASPU y concertado con la pasada administración de la universidad. En ese momento, nos propusimos construir una norma que garantizara, de la mejor manera posible, los derechos docentes, tanto para los procesos de selección como para la estabilidad laboral.

 2QUE conocemos muy bien el espíritu del Acuerdo 065 de 2017 y hemos seguido, paso a paso, su aplicación. Hoy, podemos afirmar, con absoluta certeza, que algunos problemas surgidos en la última convocatoria no son imputables al Acuerdo, sino a una interpretación equivocada e ilegal por parte de la universidad que, desafortunadamente, no fue impugnada por los profesores que fueron afectados por la aplicación incorrecta del citado Acuerdo.

3. QUE, expresamos, de manera clara y contundente, que en el difícil momento que vive el país y el mundo, derivado de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, es absolutamente conveniente, necesario y ético, que la universidad prorrogue la vinculación de los docentes que se encuentran por necesidades del servicio, sin apelar al desmonte de la esencia del Acuerdo 065 de 2017, como lo es el mérito para vincularse a la UPTC, base fundamental de cualquier proceso de formalización que se prevea adoptar.

4QUE no es correcto afirmar, como se lee en los considerandos del proyecto de Acuerdo, – difundido por personas cercanas a la administración-, que como el parágrafo 1 del artículo 23 del Acuerdo 065 de 2020 no se ha aplicado, entonces, debe derogarse. Debe ser claro para todos que si el artículo 23 del Acuerdo 065 de 2017 no se ha aplicado es porque las administraciones universitarias así lo han decidido: en algunos casos invocando razones de fuerza mayor comprobables, pero, en otros, sin motivación valedera. Para nosotros, es indudable, que es conveniente para los profesores ocasionales, abrir las convocatorias de los procesos de selección -que han permitido una estabilidad de seis años-, y no seguir en la incertidumbre de una eventual vinculación por necesidades del servicio, siempre y cuando sean tiempos normales de presencialidad académica. Lo que no se puede hacer, -y ASPU llama a los profesores ocasionales a cerrar filas defendiendo nuestros derechos-, es convocar procesos de selección cuando no existen las necesidades, poniendo en entredicho la estabilidad definida en el Acuerdo 065 de 2017, como ocurrió en la última convocatoria y que, desafortunadamente, fue avalada por la dirección de la universidad.

5.QUE, de ninguna manera, se puede engañar a los profesores sosteniendo la argucia de que, para el segundo semestre de 2020, la prórroga de la vinculación de los profesores que están por necesidades del servicio depende de la derogatoria del parágrafo 1 de artículo 23 del Acuerdo 065 de 2017, como, equivocada y maliciosamente, se intenta mostrar. Obviamente, tampoco es cierto, que si no se deroga dicho parágrafo obligatoriamente deben abrirse convocatorias. Hoy más que nunca, y, definitivamente con mayor razón que en otras situaciones, cuando se han realizado prórrogas, es absolutamente claro, que estamos frente a una situación excepcional que requiere un tratamiento excepcional y que, incluso, le exige a la universidad realizar las prórrogas. Es un asunto que radica, exclusivamente, en la voluntad de la administración. Si no lo hace, no es porque no se pueda, sino porque no lo quiere. Sin duda, el Consejo Superior entenderá la preocupante situación especial en la cual se encuentra la universidad, el país y el mundo. De aquí resulta, que este proceso de tramitar las prórrogas a la vinculación de los profesores, que se encuentran bajo la modalidad de necesidades del servicio, debe iniciarse ya.

6QUE hacemos un llamado a todos los profesores ocasionales y catedráticos para que: primero, nos convoquemos alrededor de la defensa del Acuerdo 065 de 2017; segundo, apoyemos la prórroga de la vinculación de los profesores que están cobijados por necesidades del servicio, sin más condición que la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19. Sería un acto contrario a la dignidad humana que, en una situación de emergencia sanitaria, social y económica, por la que atravesamos los colombianos, se proceda a dejar en la calle a 175 profesores ocasionales de tiempo completo, 69 ocasionales de medio tiempo y 447 de cátedra externa. Esto es inaceptable. Rechacemos los cambios unilaterales del Acuerdo 065 de 2017. Cualquier modificación, acatando el principio de progresividad, debe ser para mejorar las condiciones de vinculación y permanencia de los profesores ocasionales y, por ninguna razón, debe permitirse la vinculación permanente de profesores atendiendo a razones diferentes a los procesos de selección definidos por las Facultades, en concordancia estricta con las necesidades de profesores.

7QUE invitamos a la dirección de la universidad para que, a través de un proceso concertado, y a partir de un diálogo argumentado, podamos revisar el Acuerdo 065 de 2017 y realizar los ajustes pertinentes teniendo en claro, que dichos ajustes deben consolidar los derechos docentes alrededor de su vinculación y permanencia al servicio de la universidad.

8.QUE convocamos a los profesores ocasionales a una reunión para tratar este y otros temas de la coyuntura académica universitaria, que giran en torno a la defensa de los derechos profesorales. En tal sentido, oportunamente daremos a conocer fecha y enlace para dicha reunión.

9QUE el voto decisivo de los representantes profesorales y estudiantiles, logró que el Consejo Académico rechazara la iniciativa de la administración de aprobar un proyecto de Acuerdo inconsulto e inconveniente para los profesores ocasionales. Ante este rechazo, la Vicerrectoría Académica, unilateralmente, solicitó a las Escuelas y a las Facultades, la definición y aprobación de las necesidades de profesores ocasionales o catedráticos externos, indicando las áreas y perfiles a convocar, ajustadas estrictamente a sus necesidades. Esto evidencia que, ahora sí, aparentemente, el procedimiento se ajustará a lo establecido en el Acuerdo 065 de 2017. Rechazamos enérgicamente esta convocatoria, puesto que es contraria al ideal de una universidad humanista. Por consiguiente, ahora más que nunca, es urgente reunirnos y trazar las acciones a seguir.  

Junta Directiva de Aspu, Seccional UPTC
Tunja, 14 de agosto de 2020

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3 COMENTARIOS

  1. Todo lo hacen solo por que quieren seguir manipulando la universidad a favor de sus intereses, un representante ante el superior que solo mueve las intenciones y órdenes del ex gobernador

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