Alcaldía de Tunja: entre el fanatismo religioso y el Estado laico

El argumento es que Alejandro Fúneme y su familia no pueden convertir el despacho de la alcaldía en escenario de ritos religiosos que solo incumben a sus convicciones, dado que él como alcalde representa la diversidad y pluralidad de quienes lo eligieron. Además, se pasaron de creyentes, porque esta ceremonia la repitieron en las 16 oficinas de las Secretarías. Foto: Archivo
Publicidad

Por | Jhonathan Leonel Sánchez Becerra / Historiador

El pasado 27 de diciembre de 2019, sobre las 5:00 p.m., en la Plaza de Bolívar de la capital boyacense, tuvo lugar el acto público de posesión como Alcalde de Tunja para el periodo 2020 – 2023 del Dr. Luis Alejandro Fúneme González, hombre al que respeto como persona digna de toda consideración. 

Sin embargo, haciendo uso de mí calidad de ciudadano he podido observar algunas actuaciones públicas del Alcalde durante los primeros días de su gobierno que causan sorpresa dentro de un Estado laico.

Si bien es cierto que la Constitución Política de Colombia, consagra: en su Artículo 19. Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley.  También la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han desarrollado criterios jurisprudenciales en relación a los  Principios de Laicidad y Neutralidad del Estado en materia religiosa.

De modo que, en concordancia con la Sentencia C-152 de 2003, podemos entender, en términos generales, la laicidad como: la separación entre la iglesia y el Estado y la neutralidad estatal en materia religiosa como la prohibición de patrocinio, promoción o difusión estatal de alguna religión; la celebración de actos públicos de adhesión, manifestación o evidencia de preferencia o favorecimiento por una religión en particular. 

Por lo tanto, no se comprende, en el mencionado acto oficial de posesión: el discurso del Arzobispo de la Arquidiócesis de Tunja Luis Augusto Castro Quiroga, la entrega de una ofrenda floral y la encomienda espiritual de la ciudad que hizo el mandatario a la Virgen del Milagro. 

Tampoco se explica que el señor Alcalde Alejandro Fúneme, al nombrar a la nueva Secretaria de Cultura y Turismo Paola Vargas Vaca, expresara: Dra. Paola, tenemos grandes retos desde la Secretaría de Cultura como hacer una Semana Santa de talla mundial y que nuestra historia sea una fortaleza para generar desarrollo. Función que evidentemente, corresponde a la Curia Arzobispal y a la Sociedad de Nazarenos de Tunja, como gestores y garantes del rescate de la tradición cultural y religiosa de la Semana Santa de la ciudad y no a dicha dependencia de la administración pública. 

En ese sentido, sobre un caso similar, la Corte Constitucional profirió la Sentencia C-033/19 en la que resuelve: Declarar EXEQUIBLE, por el cargo de vulneración al principio constitucional de laicidad, el artículo 5o. de la Ley 1645 de 2013 “Por la cual se declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación la Semana Santa de Pamplona, departamento de Norte de Santander, y se dictan otras disposiciones”, en el entendido de que en desarrollo de la labor atribuida al Municipio de Pamplona como gestor y promotor de las procesiones de Semana Santa en dicha ciudad, la administración municipal debe preservar la neutralidad del Estado en materia religiosa y, por lo tanto, debe evitar promover directa o indirectamente la religión católica, afectar la igualdad entre las distintas confesiones religiosas o realizar actos de adhesión a dicha religión.

Así mismo, el Alcalde ha dirigido algunos mensajes a la ciudadanía desde el despacho administrativo, a través de la página oficial de la Alcaldía de Tunja en Facebook, donde se observan de fondo, imágenes que declaran formal y explícitamente su identificación religiosa. De ahí que, como exservidor público, considero que un funcionario de alto nivel, elegido mediante el voto popular, adquiere, con mayor razón, una responsabilidad especial con la ciudadanía, ya sean electores suyos o no y debe velar por la equidad y la justicia en todas sus actuaciones conforme a la Constitución y la ley. 

El pasado 07 de enero, en la página de la Alcaldía de Tunja en Facebook fueron publicadas 16 fotografías de la realización de servicios religiosos en cada una de las dependencias o secretarías, de lo que puede deducirse la adhesión simbólica de la administración municipal a la religión católica; más aún, dicha publicación fue acompañada del siguiente mensaje: De la mano de Dios y de nuestra patrona, la Virgen del Milagro arrancamos esta segunda semana del 2020. Hoy todas las dependencias de la Alcaldía reciben la bendición para recargar energías y trabajar por el bien de nuestra ciudad

Por otra parte, la misma Corte Constitucional en la Sentencia T-524/17, advierte y establece en concordancia con la educación religiosa en los colegios y demás espacios oficiales, que la libertad religiosa y de cultos no es absoluta, tiene límites y determina el alcance de la protección de la libertad de conciencia.  Respecto a la facultad que le asiste a las instituciones educativas oficiales en materia religiosa, estas últimas sólo podrán facilitar la realización de actos religiosos, sin que ello implique la institucionalización de los mismos, limitándose a ofrecer los espacios y tiempos para su realización, si así voluntariamente lo solicita la comunidad educativa. En consecuencia, no pueden promocionar, patrocinar, impulsar, o favorecer actividades religiosas de cualquier confesión, en tanto que, los llamados a realizar estas acciones, son las confesiones religiosas y los miembros de la comunidad educativa que, voluntariamente, las apoyen.

Se esperaría que las clases de religión, aborden contenidos como el origen, desarrollo y declive de las diversas creencias religiosas en las diferentes culturas de la humanidad, a través del tiempo, sin favorecer una religión en especial. 

Finalmente, estas prácticas del mandatario de los tunjanos, se suman a las de otros alcaldes como el polémico exalcalde de Yopal (Casanare), John Jairo Torres más conocido como “John Calzones” que en 2017, decidió entregar las llaves de esa ciudad llanera al Señor Jesucristo; y, más recientemente, a las del alcalde de San Vicente del Caguán (Caquetá), Julián Alfredo Perdomo Losada que entregó las llaves del municipio, al único y suficiente Dios Jesucristo. Claro que estos últimos han sido más extremos.

Publicidad

29 COMENTARIOS

    • Y que a usted no se le olvide la ortografía. Estamos en un estado laico y eso deben respetarlo. Que sus creencias queden en lo privado.

  1. Muy flojos los argumentos para cuestionar al Alcalde y su familia. Precisamente, toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y eso es lo que han hecho ellos. No han obligado a nadie a asistir ni han estado haciendo adoctrinamiento de ningún tipo. Son sus creencias y hay que respetarlas. Otros gobernantes han tenido sus propios convicciones y han practicado sus propios ritos. No pasa nada. Ojalá hubiera espacio para que cada uno practicara sus propias ceremonias religiosas, pero en este caso las del Alcalde y su familia coinciden con la de Monseñor y con las de la mayoría de tunjanos.

  2. Respetados señores, para mí sería un placer poder conocer sus opiniones, leer sus argumentos y debatir, así que los invito a escribir.

  3. Respetados señores, para mí sería un placer conocer sus opiniones, leer sus argumentos y debatir, así que los invito a escribir.

  4. Cabe anotar que entre más religiosos más delincuentes.. y eso se ve tanto en la curia como en la política. El estado debe ser independiente de la religión…y no hay duda que tras los santos hay grandes pecadores..o sino pregúntele a la religión cuanto asesinato en su nombre se han realizado en la historia de Colombia y el mundo.

    • Ninguna de las dos, cómo se dará cuenta el artículo no tiene nada que ver con sus supocisiones, desarrolla otros temas, lo invito a no tratar de desviar la reflexión con ataques personales, no rebaje el debate de esa forma. Un saludo.

  5. El mismo artículo se contradice…en principio dice que toda » Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual» y si el señor Funeme lo está practicando no veo nada de malo… tampoco le está prohibido realizarlo en lugar público y privado de acuerdo a sus costumbres…

    • El artículo no se contradice, expresa el contenido literal del artículo 19 de la Constitución Política de Colombia, a continuación, explica cómo la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han creado jurisprudencia para operativizar dicho artículo y establece que la libertad de cultos no es absoluta, tiene límites y prohibiciones tales como qué los rituales o crencias no pueden ser realizados en los edificios del Estado, para eso están habilitados otros espacios.

  6. Así mismo, ni la Constitución ni la ley le prohíben en el momento de una elección popular renunciar ni a sus creencias religiosas, culturales, personales, deportivas…. o sea si el señor es hincha también de un equipo de fútbol es libre de apreciarlo demostrarlo, si yo soy de otro equipo diferente lo debo respetar… no tiene nada que ver lo uno con lo otro

    • Se equivoca, precisamente la Corte Constitucional ha sido clara en bastantes sentencias al respecto. El Estado o sus representantes (funcionarios publicos) tienen prohibido manifestar o evidenciar de forma pública preferencia o favoritismos por alguna creencia religiosa en particular, efectivamente como usted lo emociona en el comenario anterior, las creencias son privadas y un funcionario del Estado tiene el deber de respetar los principios de laicidad y neutralidad estatal en materia religiosa, los únicos encargados de promover la creencias religiosas son los sacerdotes, pastores, etc.

  7. Creo que el problema es que es Católico, fuera de otra religión no sacarían estos artículos. ¿Que tiene de malo llevar la bendición de Dios a los lugares de trabajo? Y como Alcalde entonces tiene que quedarse callado en su Fe, me parece que detrás de todo esto es un ataque a la Iglesia. Y que se celebre una buena semana Santa puede atraer a más personas y mejora la imagen de la Ciudad. Y busque bien que es Fanatismo Religioso para que no exagere en el título de la noticia. Dios lo Bendiga

    • El panorama actual solo es un ejemplo, la ley aplica para cualquier tipo de creencia o religión, que sea católico, protestante, budista, etc. No le consede tiene ningún tipo de privilegio. ¡Éxitos!

  8. Eso es lo q quieren todos los q no tienen ninguna convicción religiosa q los catolicos nos callemos y dejemos de profesar nuestras creencias. Pues no!!!! Precisamente esa es la libertad religiosa de la q habla el señor periodista pero mientras a el no le afecte eso no veo porque debe observarlo como una critica. Seria más conveniente q el periodismo se dedicará a revisar la economía y demás artículos de interés nacional.

    • No creo que se le esté impidiendo a ninguna persona manifestar libremente su preferencia religiosa sin importar cualquiera que está sea. Solo hay que diferenciar entre los edificios religiosos y los edificios estatales, y saber hacer el uso adecuado de cada uno de ellos.

      Por otra parte, la Corte constitucional señala que la libertad de cultos no es absoluta, la invito a investigar e informarse mejor.

      Finalmente, agradezco que mi artículo haya sido de su interés y se tomará la molestia de permitirme conocer su opinión. Igualmente, la invito a leer mis otros artículos. ¡Hasta pronto!

  9. Entonces, según su lógica también es inconstitucional el preámbulo de la Constitución porque invoca la protección de Dios…
    Debe entenderse que la Corte también se ha pronunciado respecto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.
    Es muy diferente proclamarse en cierto credo, que utilizar los medios administrativos para inculcarlo. Aquí como ya lo dicen con anterioridad, no existen actos o hechos de carácter administrativo (en su sentido jurídico) que estén adoctrinando de alguna forma. Lo que se ve son manifestaciones claras e inequívocas de carácter personal en profesar la religión católica.
    La verdad me parece innecesario acudir a este tipo de argumentación para buscar publicidad. Debería darse discusiones sobre temas más profundos y que en verdad afecten el actuar administrativo.

    • El preámbulo de la Constitución Política de Colombia, efectivamente hace uso de la palabra «Dios» de forma genérica, no específica. En la Historia de la humanidad usted podrá encontrar alrededor de 25.000 dioses.

      El Estado tiene prohibido en relación con los principios de laicidad y neutralidad en materia religiosa evidenciar favoritismo o preferencia por alguna religión en específico.

      Los funcionarios públicos deben diferenciar entre el fuero privado y las actuaciones públicas.

      Agradezco su sugerencia y es más la asumo como un compromiso de ejercer la verduría ciudadana, ojalá no tenga que hacer más artículos relacionados con el actuar administrativo que afecte a la comunidad. Un saludo.

  10. Usted se «molestó» en hacer alguna reflexión de ese mismo tenor frente a la clara preferencia del gobernador por la experiencia protestante del gobernador Amaya?…quien sin ningún reato traía pastores y cantantes protestantes pagados por el erario?

    • Lamentablemente no me enteré de ello si no porsupuesto que lo hubiera hecho, pero lo invito a ejercer la verduría ciudadana y denunciar los actos de corrupción o extralimitación de funciones de cualquier funcionario público, cuando tenga conocimiento. Un saludo.

  11. La infraestructura y los recursos públicos NUNCA se deben utilizar para promover la fe de cualquier creencia, que tal, simplemente: es una grave falta y un delito que la PROCURADURIA con estas evidencias debe estar investigando, falta el Arzobispo recibiendo arreglos florales para todas las parroquias del Alcalde, exoneración de servicios públicos y donaciones, mejor es que no se hubiera posesionado como Alcalde de los Tunjanos y esperara ser el sucesor de Monseñor Luis Augusto, si renuncia de pronto deja mejor el despacho a cargo de DIOS, por lo menos no queda en manos de los ladrones y se ahorran muchos líos y millones.

    • Efectivamente es un tema delicado que no debe dejarse pasar por alto, debemos activar la veeduría ciudadana sobre todas las actuaciones de los servidores públicos.

      Gracias por compartir sus opiniones.

  12. El derecho de libertad religiosa abarca para la persona la libertad de expresarla en público y en privado, pero sobre todo en publico pues si fuera solo en lo privado sería una negación del derecho. Y proteje a las personas, sean o no, funcionarios públicos, ni más faltaba que por serlo tuvieran que renunciar a sus convicciones. Estamos en épocas de persecución religiosa hecha, como lo hace este señor, con la fachada de libertad religiosa y de estado laico. En donde dice la constitución que el estado es laico? Lo que dice es que la libertad religiosa es un principio inherente al estado, y que un funcionario, hablando del presidente, tomara posesión jurando en nombre de Dios y que el estado invoca la protección de Dios.

    • Seguramente, si se tratara de otro creyente en otra religión, o si el que tomara cargo fuera un no creyente que no le dé crédito alguno a religión alguna, su amañada interpretación ya no aplicaría, ¿verdad?

      Como ya lo han dicho por aquí, la libertad religiosa no reviste ningún carácter absoluto y este señor, como alcalde de los tunjanos no puede usar su actual posición para dar apoyo simbólico al credo que él profesa y que está apoyando no como individuo, sino como un funcionario pagado por el Estado, que en mas de una vez le ha tocado reafirmar a los necios con ínfulas de talibanes respecto a su papel frente a las confesiones religiosas de este país.

      Funeme fue elegido para gobernar a 200000 personas durante los próximos cuatro años, no para utilizar un cargo como plataforma para exhibir sus subjetivas creencias vendidas como infaltable ingrediente a las actividades de gobierno, que requieren muchas acciones seculares no impregnadas de ideas religiosas.

  13. Valgame, que falta de comprensión lectora tienen la mayoría de los que comentaron en este articulo. Como buenos católicos, se tomaron las observaciones hechas aquí como un ataque a su credo, en vez de un respetuoso llamado de atención en el que se invita a que los gobernantes y funcionarios públicos respeten un sencillo reglamento que no reviste dificultad alguna en su estudio y aplicación.

    Bueno, creo que no podría ser de otro modo sabiendo que todos aquellos (o la mayoría de ellos) crecieron creyendo las ideas clericales de que aquella religión merece tener un lugar privilegiado en la sociedad y limitando (cuando no prohibiendo) el mismo trato a creencias rivales, sesgando y corrompiendo así la naturaleza de la cosa pública y del Estado, cuyos fines solo procuran beneficiar las realidades mundanas de sus ciudadanos.

    Podremos estar físicamente en la tercera década del siglo XXI, pero la mentalidad de buena parte de la gente de este rincón del mundo llamado Colombia, país consagrado a una víscera lastimada, sigue anclada en los tiempos de la Regeneración Conservadora de 1886. Es hora ya de aprender que un funcionario publico o un gobernante se elige para EJECUTAR un conjunto de acciones encaminadas a SATISFACER necesidades materiales enmarcadas en la vida ciudadana, no para que ejerza propaganda a favor de un credo que tiene la misma credibilidad que los ritos celebrados por los indígenas tratando de encontrar unas circunstancias más favorables para su mundana vida, recurriendo a entidades sobrenaturales creadas a la medida de sus necesidades y necedades.

    A veces pareciera que mas de uno quisiera emular las reprobables prácticas de ciertas teocracias pasadas o presentes, donde la idea de vivir sin recurrir al auxilio de recursos místicos y trascendentales resulte un crimen abominable digno de castigo, como en Arabia Saudita.

    Por lo demás, es bueno que este tipo de artículos aparezcan y se sepa que al menos en este uniforme mar católico-cristiano evangélico, exista alguna chispa critica que sepa tratar un vicio tratado como practica común dentro de la función pública.

  14. Aqui si toca decir Gracias a A Dios por los ateos que niegan la existencia de Dios, pero independiente de las creeencias tienen vida y dentro de ella nacimiento y muerte de tal manera que ud,yo y todo habitante del mundo es libre de expresar sus creencias o no creencias y practicar el culto que le convenga, el ALCALDE no esta mas que siendo convincente con los cristianos de religion catolica que es Dios el comienzo y fin de todo y que si a EL lo encomendamos todo no tendremos de que preocuparnos porque el dara el sol a creyentes y no creyentes y dara vida y muerte a los mismos, entonces no es para polemizar es para vivir su vida bajo su creencis y si algo le hace falta o necesita solo diga «Hay Dios mios:::::::ayudeme……..»

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.